accesskey_mod_content

Interoperabilidad

  • Opinar
  • Escuchar
  • Imprimir PDF
  • Compartir

La interoperabilidad es la capacidad de los sistemas de información y de los procedimientos a los que éstos dan soporte, de compartir datos y posibilitar el intercambio de información y conocimiento entre ellos. Resulta necesaria para la cooperación, el desarrollo, la integración y la prestación de servicios conjuntos por las Administraciones públicas; para la ejecución de las diversas políticas públicas; para la realización de diferentes principios y derechos; para la transferencia de tecnología y la reutilización de aplicaciones en beneficio de una mejor eficiencia; para la cooperación entre diferentes aplicaciones que habiliten nuevos servicios; todo ello facilitando el desarrollo de la administración electrónica y de la sociedad de la información.

En el ámbito de las Administraciones públicas, la consagración del derecho de los ciudadanos a comunicarse con ellas a través de medios electrónicos comporta una obligación correlativa de las mismas. Esta obligación tiene, como premisas, la promoción de las condiciones para que la libertad y la igualdad sean reales y efectivas, así como la remoción de los obstáculos que impidan o dificulten el ejercicio pleno del principio de neutralidad tecnológica y de adaptabilidad al progreso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, garantizando con ello la independencia en la elección de las alternativas tecnológicas por los ciudadanos, así como la libertad de desarrollar e implantar los avances tecnológicos en un ámbito de libre mercado.

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, reconoce el protagonismo de la interoperabilidad y se refiere a ella como uno de los aspectos en los que es obligado que las previsiones normativas sean comunes y debe ser, por tanto, abordado por la regulación del Estado.

8 Comentarios

  • erevilla 06/06/2012 a las 15:08

    ¿Qué se puede hacer para incluir JSON http://tools.ietf.org/html/rfc4627 en una futura versión del catálogo de estándares? Tampoco se incluye JavaScript ECMA-262.

  • pablo.deamil 08/09/2011 a las 21:55

    ya están publicados los XSD relativos al ANEXO I.

  • vazquece 01/08/2011 a las 12:14

    No sé dónde puedo enviar esta incidencia, así que lo dejo como comentario. En el descargable "Documento electrónico", en el Anexo I sobre metadatos mínimos obligatorios del documento electrónico, se hace referencia en el metadado "Versión NTI" a una URL que no está disponible: http://administracionelectronica.gob.es/ENI/XSD/v1.0/documento-e

  • embriaci 06/07/2011 a las 13:31

    ¿Cuando estará disponible el borrador correspondiente a la Política de gestión de documentos electrónicos? En mi opinión se trata de un elemento básico a tener en cuenta en cualquier proyecto de administración electrónica.

  • anro21 27/06/2011 a las 15:51

    Estimados amigos se es mas cificil para hacer una patente que te reconozcan la firma digital que el invento, es una verguenza que tengan programas que compliquen para no poder hacer nada cuando con mi dni entro en todo, esto se se llama no tener verguenza, por que hay que tener 10 carreras de ingenieria y no te lo aseguran, un saludo para los que se sienten con esta frustacion

  • afrodriguez 09/05/2011 a las 17:36

    Estimados amigos: Desde la Comisión Esp. en IDE del CSG, remodelado en la Ley 14/2010, que traspone la Directiva INSPIRE (2007/2/CE) para una IDE en Europa, que ha llevado a la publicación (2008-12-13) de un Reglamento sobre Metadatos http://inspire.jrc.ec.europa.eu/index.cfm/pageid/101), y como los documentos electrónicos incluyen los geográficos, creo que se da una cierta inconsistencia. Quedo a su disposición. Un saludo Antonio F. Rodríguez afrodriguez@fomento.es Instituto Geográfico Nacional

  • afrodriguez 09/05/2011 a las 17:23

    Estimados amigos: Creo que hay normas ISO que no pueden ignorarse a la hora de definir metadatos de documentos electrónicos: - Geográficos (UNE EN-ISO 19115:2006 Metadatos) - Alfanuméricos (ISO 15836 Dublin Core Metadata Set) Quedo a su disposición. Un cordial saludo Antonio F. Rodríguez afrodriguez@fomento.es Jefe de Área de Infraestructura de IG Instituto Geográfico Nacional GT IDEE Secretario de la Comisión Especializada en IDE

  • aldazsola 02/05/2011 a las 17:09

    Respecto a NTI sobre Expediente Electrónico, me ha llamado la atención: "Los documentos electrónicos podrán incluirse como parte de otro expediente, anidado en el primero". La opción de expedientes anidados, que forman parte del "expediente padre", creo que no está recogida en ningún modelo de entidad-relación utilizado en gestión de documentos electrónicos.